Los marcos normativos a escala europeo y nacional son fundamentales para la fijación de criterios y objetivos comunes, pero el camino para alcanzarlos depende en todo caso de la singularidad del reto de la calidad del aire en cada ciudad. En otras palabras: la calidad del aire requiere de una respuesta multinivel en la que el papel clave lo juegan las ciudades
El marco legal básico en relación a la calidad del aire a nivel europeo queda fijado por dos directivas:
Directiva 2008/50/CE, relativa a la calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa.
Esta Directiva establece valores objetivo para el arsénico, el cadmio, el níquel y el benzo(a)pireno, en representación de los HAPs, entendidos como la concentración en el aire ambiente fijada para evitar, prevenir o reducir los efectos perjudiciales de dichos contaminantes en la salud humana y el medio ambiente en su conjunto.
Directiva 2004/107/CE, relativa al arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente.
Esta Directiva, relativa a la calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa, introduce regulaciones para nuevos contaminantes, como las partículas de tamaño inferior a 2,5 μm, así como nuevos requisitos sobre la Directiva de 2004 en cuanto a la evaluación y los objetivos de calidad del aire, teniendo en cuenta las normas, directrices y los programas correspondientes a la Organización Mundial de la Salud.
La suma de todo ello ha permitido que se establezcan unos objetivos en el tiempo respecto a la calidad del aire, que se concretan en unos valores límite, unos valores objetivos y unos umbrales de información o alerta. Estos, de forma conjunta e integrada, son los que permiten la definición de los protocolos y escenarios de calidad del aire en las ciudades.
El ordenamiento jurídico español ha incorporado la normativa europea mediante la siguiente legislación:
Por ello, cobra tanta o más importancia el papel que juegan las ciudades en el reto de la calidad del aire. Se ha de capacitar a las administraciones locales para adoptar medidas micro y adaptadas al entorno específico, desarrollando un marco normativo con un marcado carácter horizontal en el que la transferencia de conocimiento sea una pieza clave.
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